Mes: julio 2016

A la caza de las sociedades que no presentan cuentas al Registro Mercantil

Las sanciones que se están imponiendo van desde un mínimo de 1.200 euros y 60.000, aunque pueden elevarse a 300.000 euros por cada año de retraso en el cumplimiento.

El Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC), dependiente del Ministerio de Economía y Competitividad, ha iniciado una campaña de apertura de expedientes sancionadores a sociedades que no han cumplido con la obligación de depositar sus cuentas anuales en el Registro Mercantil.
Según fuentes del Consejo de Economistas, las sanciones que se están imponiendo van desde un mínimo de 1.200 euros y 60.000, aunque pueden elevarse a 300.000 euros por cada año de retraso en el cumplimiento.
Hasta ahora era inusual la practica de este tipo de sanciones por parte del ICAC y la principal consecuencia de no depositar las cuentas anuales en el Registro Mercantil era la posible derivación de responsabilidad de dicha acción contra el órgano de administración de la sociedad por socios o terceras personas que puedan reclamar por los daños causados por este hecho, según han explicado fuentes no oficiales del Registro Mercantil.
El plazo para depositar las cuentas anuales en el Registro Mercantil es de un mes desde la celebración de la junta general, que generalmente suele realizarse en los meses de mayo y junio.
Según las misivas, el método empleado para graduar las sanciones se basa en que la sanción es del 0,5% del importe total de las partidas de activo, más el 0,5% de la cifra de ventas de la entidad de la última declaración a Hacienda, cuyo original se ha de presentar en la inspección realizada por el ICAC. Si la sociedad expedientada no aporta la declaración tributaria requerida, la sanción se cuantifica en el 2% del capital social según los datos obrantes en el Registro Mercantil.
En caso de que sí se aporte la declaración tributaria y la sanción resultante de aplicar los mencionados porcentajes a la suma de las partidas del activo y a las ventas fuera mayor que el 2% del capital, se aplica esta última reducida en un 10%. Esta última rebaja, según han comentado las fuentes consultadas en el Registro de Economistas Contables, se aplica de esta manera «suponemos que para tener en cuenta que se ha cumplido con el deber de aportar los datos». El artículo 378.5 del Reglamento del Registro Mercantil establece que no procede el cierre del Registro cuando las cuentas no se hayan depositado por no haber sido aprobadas por la Junta General, siempre que «se acredite esta circunstancia mediante certificación del órgano de administración con firmas legitimadas o copia autorizada del acta notarial de Junta general en la que conste la no aprobación de las cuentas anuales».
En cifras absolutas, el pasado año se presentaron 1.105.635 depósitos, de los cuales el 83,42%, es decir, 922.310 correspondieron al ejercicio económico 2014 y el resto a ejercicio anteriores.
En cuanto a los depósitos de cuentas consolidadas de grupos empresariales presentados en los Registros Mercantiles, en 2015 se presentaron cuentas de 3.182 grupos, lo que supone un descenso del 8,38% con respecto al año anterior.

Fuente: Wolters Kluwer

COMERCIAL ASESORIA

Comercial para la captación de nuevos clientes que pasen a formar parte de la cartera de la Asesoría.

Condiciones económicas/retribuciones:

– 20,00%/mes sobre la cuota mensual de los servicios de asesoría fiscal, contable y/o laboral, sin incluir el IVA que se facturen a los clientes captados por el comercial (cartera del comercial).
– 20,00% del importe de honorarios que perciba la asesoría por aquellos servicios de asesoría diferentes a las cuotas señaladas en el punto anterior, sin incluir IVA.
– 40,00% del importe de honorarios/comisión percibida por ASINEM de aquellos productos y servicios que se presten a través de colaboradores (Cursos de formación, Servicios de Prevención, Seguros, etc.)

Tipo de contrato:

Contrato de agencia por un período inicial de seis meses ampliable a un año y posteriormente se podrá prorrogar por años sucesivos salvo que se den las circunstancias siguientes:

En el caso de que en el plazo de vigencia del contrato se consiga por parte del Agente una cartera de clientes por los que la asesoría facture un importe mínimo mensual de 8.000,00 €, el agente podrá optar a un puesto de trabajo por cuenta ajena en la asesoría, manteniendo una comisión de un 3% de su cartera que pasará a formar parte de sus retribuciones, en tanto en cuanto, los clientes mantengan su relación con la asesoría.

En el caso de que estuviera interesado/a en obtener más información sobre el puesto ofertado, póngase en contacto en mail asinem@grupoasinem.com

ADE

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA
AGENCIA DE INNOVACIÓN, FINANCIACIÓN E INTERNACIONALIZACIÓN EMPRESARIAL DE CASTILLA Y LEÓN (ADE)

EXTRACTO de la Resolución de 4 de julio de 2016, de la Presidenta de la Agencia de Innovación, Financiación e Internacionalización Empresarial, por el que se aprueba la convocatoria en concurrencia no competitiva para la concesión de subvenciones para la realización de proyectos de desarrollo de las Tecnologías de la Información y Comunicaciones de las PYMES, así como las disposiciones específicas que la regulan, dentro del ámbito de la Comunidad de Castilla y León, cofinanciadas por FEDER.

EXTRACTO de la Resolución de 4 de julio de 2016, de la Presidenta de la Agencia de Innovación, Financiación e Internacionalización Empresarial, por la que se aprueba la convocatoria en concurrencia no competitiva para la concesión de las subvenciones destinadas a financiar proyectos empresariales para favorecer la incorporación de las tecnologías de la información y la comunicación en las PYMES de Castilla y León, y las disposiciones específicas que la regulan, cofinanciadas con FEDER.

EXTRACTO de la Resolución de 4 de julio de 2016, de la Presidenta de la Agencia de Innovación, Financiación e Internacionalización Empresarial, por la que se aprueba la convocatoria en concurrencia no competitiva para la concesión de subvenciones destinadas a financiar proyectos de transferencia de conocimiento de organismos de investigación a PYMES, así como las disposiciones específicas que la regulan, dentro del ámbito territorial de Castilla y León cofinanciadas con FEDER.

EXTRACTO de la Resolución de 4 de julio de 2016, de la Presidenta de la Agencia de Innovación, Financiación e Internacionalización Empresarial, por la que se aprueba la convocatoria en concurrencia no competitiva para financiar proyectos empresariales dirigidos a fomentar la innovación en el ámbito tecnológico de las PYMES de Castilla y León, así como las disposiciones específicas que la regulan, cofinanciadas con el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).

EXTRACTO de la Resolución de 4 de julio de 2016, de la Presidenta de la Agencia de Innovación, Financiación e Internacionalización Empresarial, por el que se aprueba la convocatoria en concurrencia no competitiva para la concesión de subvenciones para la realización de proyectos de I+D de las PYMES, así como las disposiciones específicas que la regulan, dentro del ámbito de la Comunidad de Castilla y León, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).